Si eres padre y tienes un recién nacido esta información te puede servir Inscripción de Recién Nacido requisitos Registro Civil en Ecuador
¿Cuántos nombres se puede asignar a un niño al momento de su inscripción?
De acuerdo al Art. 36 Nombres en la inscripción de nacimiento se estipula que:
- No podrá asignarse más de dos nombres simples o uno compuesto que se tengan por tales en el uso general ecuatoriano. Tratándose de hijos de padre o madre extranjeros podrán escogerse libremente estos dos nombres.
- No se podrá asignar nombres que constituyan palabras extravagantes, ridículas o que denigren la dignidad humana o que expresen cosas o nociones, a menos que su uso como nombres se hubiere consagrado tradicionalmente.
El médico tratante que atendió un parto, por ausencia de los familiares ¿Puede realizar la inscripción de nacimiento del menor?
En caso de que la madre esté imposibilitada físicamente y ninguno de los obligados para la inscripción del nacimiento esté disponible, el profesional de la salud o quien atendió el parto tiene la obligación de notificar y solicitar la inscripción, que se realizará con base en los datos constantes en el certificado estadístico del nacido vivo. Si no lo hace, será sancionado de conformidad con la Ley.

El proceso de inscripción de nacimientos tiene los siguientes precios:
• es gratuito el primer mes
• después de los 31 días de nacidos te costara $2.00
• si los registras después de los 18 años, cuesta $5.00.
Requisitos
• Formulario original del INEC (Estadístico de Nacido Vivo).
• Documento de identificación de la madre obligatorio.
• Documento de identificación del padre en caso de que quiera reconocer al menor.
• Comparecencia de los padres, si no estuvieren casados entre sí.
• Declaración juramentada conferida ante autoridad competente si tuviesen Unión de Hecho, en conformidad al Artículo 222 del Código Civil.
• Documento de identificación del solicitante de la inscripción, si no fuera hecha por los padres o por sus mandatarios (poder especial).
Requisitos para inscripción tardía
• A partir de los 31 días hasta los 17 años necesitas saber lo siguiente:
1. Pago $2,00
2. Razón de no inscripción.
3. Se solicitarán los mismos requisitos de la inscripción oportuna.
• A partir de los 18 años
1. Pago $5,00
2. Comprobante de pago correspondiente a la tarifa vigente.
3. Razón de no inscripción.
4. Declaración del solicitante y de dos testigos idóneos (realizado en los formularios pre impresos de la DIGERCIC o en una notaría) sobre el hecho, con la cual será llenado el Informe Estadístico de Nacido Vivo (INEC) por el delegado de Registro.
5. Certificado de estudios otorgado por el establecimiento educativo correspondiente, si estuviese estudiando.
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FUENTES Y CRÉDITOS:
REGISTRO CIVIL